Propender a la defensa de los intereses del personal que realice o haya realizado actividades técnico-científicas de investigación o desarrollo y de dirección de tales actividades, en los organismos pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y Universidades Nacionales, como así también aquellos que ingresen a dicho Sistema, incluyendo Organismos y/o Empresas del Estado o de Entes Autárquicos Centralizados o Descentralizados, pertenecientes al Estado Nacional.
a) Obtener, mantener y mejorar las condiciones que promuevan las actividades de investigación y desarrollo en el país.
b) Procurar que el conocimiento y la experiencia del personal que no presta servicios, por estar acogido al régimen jubilatorio, sean transmitidos a las generaciones venideras; propiciar la interacción con el personal en actividad, así como asesorar en los diferentes temas en Ciencia y Tecnología a los organismos que lo soliciten.
c) Propender a la obtención de una cobertura de Obra Social que atienda todas las necesidades de los asociados, con prestaciones homogéneas en todo el país.
d) Velar por el cumplimiento del régimen jubilatorio del personal científico.